En DCS ABOGADOS somos abogados especialistas en urbanismo y en derecho inmobiliario.

Prestamos asesoramiento urbanístico cualificado en materia de planeamiento, gestión, ejecución y disciplina a las entidades del sector público, las entidades urbanísticas colaboradoras, las empresas privadas y los particulares.

Para ello, elaboramos informes y dictámenes, realizamos revisiones legales, llevamos negociaciones y asumimos la defensa letrada de nuestros clientes en los procedimientos administrativos y contencioso-administrativos relativos a todas las áreas relacionadas con el urbanismo.

Como abogados de urbanismo en Las Rozas ofrecemos, entre otros, los siguientes servicios:

➛ Redacción, gestión y tramitación de todas las figuras de planeamiento urbanístico, tales como Planes Generales, Planes Especiales, Planes Parciales, Estudios de Detalle etc.

➛ Redacción, gestión y tramitación de instrumentos de gestión urbanística, como Proyectos de Reparcelación o de Compensación, en colaboración con estudios de arquitectura.

➛ Expropiación urbanística: defensa jurídica, negociación con la Administración, indemnización y cobro del justiprecio.

➛ Asesoramiento y gestión en los sistemas de compensación, cooperación y expropiación.

➛ Disciplina: expedientes de restauración de la legalidad urbanística y sanciones.

➛ Preparación de informes legales urbanísticos.

➛ Asesoramiento en la tramitación y obtención de licencias urbanísticas: Nuestros abogados especialistas en urbanismo prestan asesoramiento en los expedientes de obtención de licencias de construcción y de cualesquiera otros títulos urbanísticos exigibles (ocupación, funcionamiento, etc.).

➛ Dirección jurídica ante Juzgados y Tribunales de Justicia, en materia de sanciones, expropiaciones, autorizaciones, licencias y órdenes de clausura.

¿Qué es el derecho urbanístico?

El objeto del Derecho Urbanístico es la planificación de la ciudad. Y para ello, debe regular la utilización del suelo a través de su transformación física por medio de la urbanización y la edificación, interviniendo y limitando el derecho privado de propiedad.

De este modo, nuestros abogados especialistas en urbanismo tratan las siguientes materias:

  • Planeamiento urbanístico: conjunto de instrumentos técnicos y normativos que se redactan para ordenar el uso del suelo y regular las condiciones para su transformación o, en su caso, conservación.
  • Ejecución del planeamiento: requiere en primer lugar, la aprobación del instrumento de ordenación urbanística más detallado exigible según la clase de suelo de que se trate, que concrete, al máximo, el deber de los propietarios afectados de incorporarse al proceso urbanizador o edificatorio en las condiciones y plazos previstos en el planteamiento, así como cargas que les afecten.
  • Disciplina urbanística: conjunto de medidas, técnicas y facultades que las normas atribuyen a las Administraciones públicas con competencias urbanísticas, con el fin de garantizar el cumplimiento de la legalidad urbanística, con carácter previo a los procesos de urbanización y edificación y usos del suelo, y en los casos que dichos procesos y usos supongan trasgresión de la legalidad urbanística, los mecanismos encauzados a su restauración.
  • Intervención administrativa en el mercado de suelo y vivienda: Según dispone el artículo 47 de la Constitución Española “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación”.

En esta materia, se analizan los distintos instrumentos de intervención administrativa de los poderes públicos que ha previsto el Derecho urbanístico para regularizar el mercado de suelo y vivienda, permitiendo el acceso a la vivienda en precio intervenido, así como otras finalidades y destinos de carácter público destinados a facilitar la ejecución del planeamiento territorial y urbanístico.

  • Expropiación forzosa: mecanismo por el cual las Administraciones Públicas pueden adquirir coactivamente determinados bienes, derechos o intereses patrimoniales, para sí misma o para un tercero, con independencia de a quién pertenezcan (particulares, entidades, otras Administraciones Públicas…), cuando concurran causas que así lo justifiquen, y previa correspondiente indemnización.
  • Responsabilidad patrimonial: Consiste en solicitar una indemnización por toda lesión que los particulares sufran en sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos y que el daño sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado en relación con una persona o grupo de personas y que no tengan el deber jurídico de soportarlo.

Si tienes cualquier asunto relacionado con el urbanismo, ponte en contacto con nuestros expertos, te asesorarán sobre la mejor forma de proceder.